jueves, 3 de noviembre de 2016

CONSEJERIA

CENTROS DE ATENCIÓN PREVENTIVA PARA LAS PERSONAS MAYORES: CEAMS Y CIMS. 

DEFINICIÓN: Son centros de atención preventiva, destinados a ofrecer servicios especializados tendentes a lograr el mantenimiento de las personas mayores en un estado físico y emocional que les permita valerse por sí mismas, y permanecer en su medio familiar y social, con el fin de retardar su ingreso en residencias y hospitales.

OBJETIVOS: Los centros de atención preventiva para personas mayores se configuran como unidades de prevención, mantenimiento de la salud, rehabilitación, formación, información y desarrollo de actividades culturales, de ocio, convivencia y promoción social, propiciarán hábitos de vida saludable, a la vez que dinamizarán las relaciones interpersonales y grupales, con el fín de evitar la soledad y el desarraigo, convirtiéndose en un recurso de apoyo tanto para los mayores como para las familias al objeto de facilitarles el permanecer en su entorno el máximo tiempo posible.

USUARIOS: Podrá ser usuario de los centros de atención preventiva para personas mayores toda persona que tenga cumplidos los 60 años de edad, no padezca enfermedad infecto-contagiosa ni psicopatías susceptibles de alterar la normal convivencia del centro.

 CAPACIDAD: En función de los espacios del centro.

CARTERA DE SERVICIOS: En el centro se ofrecerán los siguientes servicios:

  • Servicio médico
  • Servicio social
  • Servicio de podología
  • Servicio de peluquería
  • Servicio de comedor cafetería
  • Autoservicio de lavandería
  • Otros servicios tales como biblioteca, zona de esparcimiento, televisión, etc. y cualquier otro servicio que por el organismo competente se autorice siempre que los recursos tanto humanos como de espacio de cada centro lo permitan.
TIPOLOGIA.  En función de su titularidad los centros de atención preventiva para personas mayores podrán ser:
a) Centros especializados de atención a los mayores (CEAMS). Titularidad de la Generalitat Valenciana.
b) Centros integrales de mayores (CIMS). Titularidad de las entidades locales.

SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.
DEFINICIÓN: Es un servicio orientado a las personas y familias que presentan problemas para la realización de las actividades elementales de la vida diaria, proporcionándoles atención directa en el propio hogar mediante intervenciones que favorezcan su permanencia e integración en su entorno habitual.

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